Si te casas y trasladas tu residencia de Andorra a España con ocasión del matrimonio, tu ajuar y mobiliario — incluso nuevos — entran con franquicia, y también los regalos de boda de residentes en Andorra hasta 1.000 € por regalo. Requisitos: 12 meses viviendo fuera de la UE y la prueba del matrimonio; la importación, entre 2 meses antes (con garantía) y 4 meses después de la boda.
El Reglamento CE 1186/2009 — el de las franquicias de traslado de residencia, herencia y estudiante — guarda una cuarta vía que casi nadie conoce: la de quien traslada su residencia normal desde un tercer país al territorio aduanero de la UE con ocasión de su matrimonio (artículos 12 a 14). Y tiene la particularidad que la hace única en toda la familia de franquicias: el ajuar y el mobiliario pueden ser incluso nuevos.
Piensa en lo que eso significa en esta ruta: la franquicia ordinaria de traslado exige 6 meses de uso — el somier a estrenar se queda fuera. La de matrimonio está diseñada para el caso contrario: la pareja que estrena casa al casarse. Si tu mudanza de Andorra a España coincide con tu boda, este es probablemente tu mejor régimen.
| Dentro de la franquicia | Fuera |
|---|---|
| Ajuar y mobiliario del que se muda por su matrimonio, incluso nuevos | Alcohol, tabaco y labores del tabaco (exclusión expresa, como en todas las franquicias) |
| Regalos habituales de boda de personas con residencia normal en un tercer país (Andorra), hasta 1.000 € por regalo | La parte que exceda: un regalo individual de más de 1.000 € no queda amparado — se declara y consulta |
| Los enseres de la vida común que arranca: menaje, ropa de casa, mobiliario del nuevo hogar | Bienes de quien no cumple las condiciones (el cónyuge que ya residía en España tiene su propia situación) |
A diferencia de otras franquicias, esta vive pegada a una fecha — la de la boda:
Como todas las franquicias de la ruta, se solicita en el despacho, no después. El dosier que el agente de aduanas necesita: la prueba del matrimonio (o de la fecha prevista, si importas antes), la acreditación de tus 12 meses de residencia fuera de la UE, el inventario del ajuar — que aquí puede incluir estrenos, pero sigue necesitando valoración —, y la relación de regalos de boda con su valor por regalo, cada uno bajo el techo de 1.000 €. Los bienes acogidos quedan además sujetos al periodo habitual de no cesión que ya conoces de las demás franquicias personales — tu agente te lo confirmará al despachar.
Inventario del ajuar (estrenos incluidos), relación de regalos valorada y el dosier de la franquicia por matrimonio listo para el agente — dentro de la ventana del Reglamento. Por 49 € cerrados, en 24 horas.
Preparar mi expediente · 49 € Correcciones incluidas si la aduana pide cambiosDos bloques, según los artículos 12 a 14 del Reglamento CE 1186/2009. Primero, el ajuar y el mobiliario — incluso nuevos — pertenecientes a quien traslada su residencia normal desde un tercer país (Andorra lo es) al territorio aduanero de la UE con ocasión de su matrimonio. Segundo, los regalos habitualmente ofrecidos con ocasión de una boda, recibidos de personas con residencia normal en un tercer país, con un límite de 1.000 € por regalo. Quedan excluidos, como en las demás franquicias, el alcohol y el tabaco.
En el detalle más valioso: el ajuar y el mobiliario pueden ser NUEVOS. La franquicia ordinaria de traslado exige que los bienes tengan al menos 6 meses de uso; la de matrimonio no — está pensada precisamente para la pareja que estrena casa. Comparten el requisito de los 12 meses de residencia previa fuera de la UE, pero la de matrimonio añade su propia prueba (el matrimonio) y una ventana temporal ligada a la fecha de la boda: desde 2 meses antes (constituyendo garantía) hasta 4 meses después.
Sí, con dos válvulas que el propio Reglamento prevé. Antes de la boda: la importación puede hacerse desde 2 meses antes de la fecha prevista del enlace, constituyendo la garantía que determine la aduana (se libera acreditado el matrimonio). Antes de mudarte: cabe el despacho anticipado si te comprometes a establecer tu residencia en la UE en un plazo de 6 meses. En ambos casos la franquicia se solicita en el despacho, con los justificantes — como todas las franquicias de esta ruta, se pide antes, no se reclama después.
Si cumples las condiciones de la franquicia (traslado con ocasión del matrimonio, 12 meses previos fuera de la UE, prueba del enlace), los regalos habituales de boda que te hagan personas con residencia normal en Andorra u otro tercer país entran con franquicia hasta 1.000 € por regalo. Un regalo individual que supere ese valor no queda cubierto por la franquicia en su conjunto — decláralo y consulta su tratamiento con el agente. Y recuerda las exclusiones: las botellas para el banquete no entran por esta vía (alcohol excluido).